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Capítulo 3: Organización administrativa

Se reconocen diferentes niveles en la gestión administrativa y diferentes unidades que participan en ella, cada una con funciones específicas y asignación de responsabilidades.

 1. Departamento de Nutrición y Alimentos, División de Políticas Públicas Saludables y Promoción, Subsecretaria de Salud Pública.

  • Diseñar o actualizar el marco técnico y de gestión de los Programas Alimentarios.
  • Gestionar el abastecimiento oportuno y constante de los productos a distribuir en cada programa.
  • Mantener coordinación con encargados de los Programas Alimentarios de las Secretarías Regionales Ministeriales de Salud, Servicios de Salud, CENABAST y con otros departamentos y divisiones del MINSAL relacionadas con los Programas Alimentarios.
  • Generar planes de difusión y capacitación en temas de Programas Alimentarios.
  • Diseñar y ejecutar sistemas de evaluación de procesos y resultados de los Programas Alimentarios.

 2. Subsecretaría de Redes Asistenciales

  • Estar en conocimiento de los Programas Alimentarios, sus resultados, problemas, novedades y mantener informada a toda la Red Asistencial.
  • Asegurar referentes de los Programas Alimentarios en los diferentes niveles de la Red Asistencial.
  • Contribuir con la implementación y ejecución de los programas alimentarios en la Red de acuerdo a los protocolos, manuales, normas y guías correspondientes vigentes.
  • Mantener a los equipos profesionales capacitados en los aspectos técnicos y administrativos de los Programas para asegurar su correcta ejecución.

 3. Central Nacional de Abastecimiento (CENABAST)

CENABAST deberá mantener un encargado de Programas Alimentarios, quien será el referente técnico con MINSAL. Sus funciones son:  

  • Realizar la gestión de compras de los productos a distribuir en los programas alimentarios.
  • Administrar contratos, manteniendo el abastecimiento permanente y oportuno de los establecimientos de la red, asegurando la calidad del producto.
  • Llevar registro de los procesos y realizar informes periódicos de estos (stock, pagos, multas, distribución, licitaciones, entre otros).

 4. Secretaría Regional Ministerial de Salud

Cada Secretaría Regional Ministerial de Salud deberá contar con un referente técnico de los Programas Alimentarios, nutricionista universitario, que se desempeñe como

 5. Encargado de Programas Alimentarios.

Este profesional deberá contar con experiencia de mínimo tres años, debiendo desarrollar las siguientes funciones:

  • Gestionar los Programas Alimentarios en la respectiva región, en coordinación con las instituciones involucradas.
  • Monitorear y evaluar periódicamente los Programas Alimentarios en su región, según lineamientos del nivel central.
  • Velar por el abastecimiento continuo y oportuno de los productos contemplados en los Programas Alimentarios.
  • Velar por el cumplimiento de las disposiciones que emanen del nivel central en lo relativo a almacenamiento, distribución y gestión de las mermas de los productos de los Programas Alimentarios.
  • Mantener coordinación constante con los equipos de Programas Alimentarios de los establecimientos de Atención Primaria de Salud de su región.
  • Difundir las políticas y normas que emanen del nivel central, capacitar sobre ellas a los equipos locales y supervisar la implementación de los lineamientos que la autoridad establezca.

 6. Servicios de Salud

Los servicios de salud deben contar con un referente técnico de los Programas Alimentarios, nutricionista universitario, quien deberá liderar las funciones de:

  • Apoyar a los equipos locales en la ejecución de los Programas Alimentarios.
  • Realizar monitoreo de la ejecución de los Programas Alimentarios en el ámbito de su competencia.
  • Participar en el análisis de la información obtenida del monitoreo de los Programas Alimentarios.
  • Proveer los recursos necesarios para la correcta ejecución de los Programas Alimentarios, en el caso de los establecimientos de su dependencia.

 7. Establecimiento de Salud

 a) Director del Establecimiento

  • Designar mediante resolución a un nutricionista universitario como Encargado de los Programas Alimentarios, quien tendrá una dedicación diaria protegida para dicha labor de acuerdo a lo establecido en la Tabla 8.
  • Además debe designar a un subrogante quien asumirá las funciones del encargado de Programas Alimentarios en su ausencia.
  • Designar mediante resolución a un técnico en enfermería de nivel superior (TENS) o auxiliar de alimentación para desempeñarse en la gestión local de los Programas Alimentarios quien tendrá una dedicación diaria protegida para dicha labor, considerando un valor fijo y uno variable dependiendo de la población que retira, de acuerdo a la Tabla 9.
  • Además debe designar a un subrogante quien asumirá las funciones del encargado de Programas Alimentarios en su ausencia.
  • Garantizar que quienes la autoridad determine, tengan la Póliza de Fidelidad Funcionaria de acuerdo a la Ley orgánica de atribuciones de contraloría N° 10.336, título 5, artículo 68 sobre cauciones.
  • Proveer los recursos físicos de bodega y área de distribución para dar cumplimiento a lo dispuesto en esta norma técnica y en el Reglamento Sanitario de los Alimentos.
  • Asegurar la correcta ejecución de los Programas Alimentarios, considerando la capacitación del equipo, reemplazo cuando corresponda, provisión de recursos y monitoreo constante.
  • Asegurar la continuidad del servicio de distribución de productos alimenticios durante el horario de atención regular del establecimiento.
  • El director puede delegar en el nutricionista Encargado de los Programas Alimentarios, en forma parcial o total, las funciones contenidas en este punto.

 

 b) Encargado de Programas Alimentarios en Atención Primaria de Salud:

Este cargo debe recaer en un nutricionista universitario, el que deberá cumplir con las siguientes funciones:

  • Asegurar el abastecimiento de productos alimenticios para la población beneficiaria del establecimiento, de manera oportuna y confiable.
  • Mantener coordinación constante con las instituciones que participan en la gestión de los Programas Alimentarios (Servicios de Salud, Secretarías Regionales Ministeriales de Salud, Ministerio de Salud, entre otros).
  • Coordinar y capacitar al equipo local de Programas Alimentarios para el cumplimiento de las disposiciones correspondientes.
  • Realizar supervisión diaria y auditorías periódicas (al menos semestralmente), con sus respectivos registros.
  • Realizar el resguardo y envío de acuerdo a los procedimientos establecidos.
  • Velar por el cumplimiento de las disposiciones normativas y reglamentarias en lo relativo a almacenamiento, distribución y gestión de las mermas de los productos de los Programas Alimentarios en el establecimiento.
  • Realizar difusión local de los programas, subprogramas y productos que estos consideran, incluyendo degustaciones, con enfoque en los productos nuevos, de baja adherencia y cambios de formulación.
  • Realizar, al menos semestralmente, análisis de la información relativa a distribución, coberturas, población objetivo y otros, con el fin de establecer acciones que conduzcan hacia la mejora de los programas.

 c) Encargado de Distribución

Este cargo debe recaer en un auxiliar paramédico en alimentación o técnico en enfermería de nivel superior (TENS). Son funciones del auxiliar paramédico de alimentación: recepcionar, almacenar, distribuir y efectuar el movimiento de existencia de los alimentos de acuerdo a normas vigentes.

Funciones:

  • Realizar la distribución de productos a los beneficiarios de acuerdo a lo establecido en esta norma y las disposiciones que para tales efectos establezca el Minsal.
  • Realizar las derivaciones correspondientes con el Encargado de Programas Alimentarios.
  • Coordinar el abastecimiento adecuado de la bodega de alimentos, recibir los productos y velar por la correcta disposición de estos.
  • Mantener la documentación y registros de los Programas Alimentarios.
  • Realizar los correspondientes registros

 

d) Auxiliar de servicio encargado de bodega

 La existencia de este cargo dependerá de las necesidades y condiciones de cada establecimiento de APS. En caso de proceder, sus funciones son:

  • Mantener los alimentos de forma que se asegure su inocuidad y evitando la generación de mermas.
  • Mantener comunicación con el resto del equipo de Programas Alimentarios informando cualquier novedad al respecto.
  • Reponer diariamente los alimentos para entrega durante la jornada, cuando corresponda.
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